¿Cómo se organiza el ahorro de los afiliados a una AFAP?

Las AFAP tienen como único objeto la administración del Fondo de Ahorro Previsional (FAP) y del Fondo Voluntario Previsional (FVP)


¿Cómo se compone el FAP?

El ahorro de los afiliados a una AFAP (Fondo de Ahorro Previsional) está compuesto por tres subfondos: Crecimiento, Acumulación y Retiro

La diversificación del fondo permite que las inversiones se adecúen a cada etapa de la vida del afiliado. Cuando un trabajador es joven, es recomendable que sus ahorros se inviertan en instrumentos de largo plazo. Pero cuando está próximo al retiro, las buenas prácticas indican que los fondos deben tener plazos más cortos y mayor estabilidad.

 

Desde la afiliación y hasta los 41 años de edad, los aportes de los afiliados irán al Subfondo de Crecimiento, desde ese momento se traspasarán al Subfondo de Acumulación progresivamente.

Seis años antes de la edad de retiro, se transferirán gradualmente al Subfondo de Retiro.

Elección de subfondo

La reforma previsional estableció que los afiliados podrán optar por el subfondo de su preferencia. 

Dentro de los doce meses previos al comienzo del traspaso de los fondos de un subfondo a otro el afiliado podrá manifestar su voluntad de permanecer en el subfondo que se encuentra, postergando la secuencia de transferencia de fondos, por un plazo adicional de entre uno y cinco años para el caso del pasaje desde el Subfondo de Acumulación al Subfondo de Retiro y entre uno y diez años para pasaje desde el Subfondo de Crecimiento al Subfondo de Acumulación.

Los afiliados podrán asimismo optar por adelantar la incorporación a un nuevo subfondo. 

 

Adecuación del Subfondo de Crecimiento

Para los afiliados menores de 35 años al 1/01/2023 los aportes respectivos se integrarán en el Subfondo de Crecimiento, al que también serán transferidos los saldos que tuviere en el Subfondo de Acumulación.

Para quienes fueran mayores de 35 años al 1/01/2023 y tuvieran saldos en el Subfondo de Acumulación mantendrán el saldo en dicho Subfondo, al que también se continuarán vertiendo los aportes correspondientes, salvo voluntad del afiliado comunicada a la respectiva AFAP de traspasar sus fondos al Subfondo de Crecimiento.

Si deseas que tus ahorros estén en el subfondo que define la ley, no es necesario que realices ningún trámite.

En el siguiente link podés acceder a información comparativa de la composición y rentabilidad de los subfondos.

 

Fondo de Ahorro Voluntario

Este fondo comparte las mismas características y activos autorizados que el Subfondo de Acumulación. Su objetivo principal es proporcionar un respaldo adicional para la renta vitalicia que se adquirirá al momento del retiro. Los afiliados tienen la opción de aportar capital a su cuenta de ahorro voluntario utilizando las diversas formas establecidas por la normativa correspondiente. Además, el fondo ofrece la posibilidad de realizar retiros anticipados del capital en situaciones excepcionales definidas por la reglamentación vigente.

En caso de que desees efectuar alguna consulta, no dudes en contactarnos al teléfono 0800 1765, por WhatsApp al 093651765 o por correo electrónico a consulta@afapitau.com.uy

 

Fuente

Ley Nº 20.130

Decreto 413/023 de la Ley Nº 20.130 (art. 40 al 46)

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