La causal de jubilación por incapacidad permanente se configura cuando la incapacidad es absoluta y permanente para todo trabajo, sobrevenida en actividad o en período de inactividad compensada, cualquiera sea la causa que la haya originado.
Requisitos
- Oficio BPS (*)
- Cédula de identidad y fotocopia de la misma.
(*) Los oficios son verificados únicamente por la AFAP a través de la web de BPS.
Modalidad
- Presencial: En nuestra sede central y sucursales del interior
- WhatsApp: 093 65 17 65
- E-mail: consulta@afapitau.com.uy
En caso de realizarse por poder, el apoderado deberá presentar el poder original actualizado.