Retiro de fondos por no residencia en Uruguay

La AFAP podrá reintegrar el fondo ahorrado en la cuenta a los afiliados que cumplan con:

 ✓ No residan en Uruguay y no desarrollen actividad computable durante un mínimo de 5 años.

 ✓ Computen menos de 15 años de servicio.

 ✓ Este reintegro es considerado ingreso gravado a los efectos del IRPF o del impuesto a la renta de los no residentes, según corresponda.

 

Requisitos

  • Declaración jurada de no residencia
  • Cédula de identidad o fotocopia de la misma
  • Orden de transferencia firmada

Modalidad

En caso de realizarse por poder, el apoderado deberá presentar el poder original actualizado.

En trámites a distancia, se requiere certificación de firmas, legalizado o apostillado de los documentos en su totalidad. En los que se deberá incluir el vínculo entre la cédula uruguaya y el documento de identidad vigente. 

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