La AFAP podrá reintegrar el fondo ahorrado en la cuenta a los afiliados que cumplan con:
✓ No residan en Uruguay y no desarrollen actividad computable durante un mínimo de 5 años.
✓ Computen menos de 15 años de servicio.
✓ Este reintegro es considerado ingreso gravado a los efectos del IRPF o del impuesto a la renta de los no residentes, según corresponda.
Requisitos
- Declaración jurada de no residencia
- Cédula de identidad o fotocopia de la misma
- Orden de transferencia firmada
Modalidad
- Presencial: En nuestra sede central.
- E-mail: consulta@afapitau.com.uy
En caso de realizarse por poder, el apoderado deberá presentar el poder original actualizado.
En trámites a distancia, se requiere certificación de firmas, legalizado o apostillado de los documentos en su totalidad. En los que se deberá incluir el vínculo entre la cédula uruguaya y el documento de identidad vigente.